Micelio
Auto8 de agosto de 2018

A- de 2018

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Carlos Eduardo Quiñonez Barragan·Demandado Empresa Azteca Telecomunicaciones Sas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento y el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.

La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor funcional hicieron los despachos involucrados.

Específicamente se controvirtió la competencia para resolver el recurso de impugnación formulado contra la providencia proferida por el Juzgado Veintiséis Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.

Considera la Corte que la autoridad judicial que orgánica y funcionalmente es superior jerárquico del precitado despacho es el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, a quien dispone remitir el expediente para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 6 de julio de 2018, proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, dentro de la accion de tutela formulada por Carlos Eduardo Quinonez Barragan en contra de la empresa Azteca Telecomunicaciones S.A.S.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3394 al Juzgado
  4. Tercero. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar respecto de la impugnacion presentada por el accionante.
  5. TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
  6. Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.